El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario. Ahora, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para cumplir con esta obligación fiscal. Aquellos que no lo hagan después de esa fecha podrán ser sujetos a infracciones, advirtió la institución.
¿Quiénes están obligados?
Desde 2020, el SAT exige a personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que habiliten, registren y mantengan actualizados sus medios de contacto en el Buzón Tributario. Sin embargo, hay excepciones:
- Personas físicas y morales con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica.
- Contribuyentes asalariados o asimilados con ingresos inferiores a 400 mil pesos en el ejercicio anterior.
Ventajas del Buzón Tributario
El Buzón Tributario es una herramienta diseñada para simplificar la comunicación entre el SAT y los contribuyentes. A través de este canal, se notifican actos administrativos y se envían mensajes de interés de manera ágil y segura.
Pasos para habilitarlo
Para activar esta herramienta, es necesario:
- Ingresar al Portal del SAT.
- Seleccionar el botón “Buzón Tributario”.
- Acceder con RFC y contraseña o e.firma vigente.
- Elegir la opción de configuración y llenar el formulario de medios de contacto, registrando un correo electrónico y un número de celular.
Con esta prórroga, el SAT busca facilitar el cumplimiento de esta obligación y fomentar la actualización de los medios de contacto de los contribuyentes.